Reglamento
de la O.M.A.
Art. 1º La OLIMPÍADA MATEMÁTICA
ARGENTINA - O.M.A.-, tiene su domicilio en la Fundación Olimpíada Matemática
Argentina - F.O.M.A.- Av. Santa Fe 3312 - Piso 9º de la Ciudad de Buenos Aires.
Procura coordinar sus actividades con los Ministerios, Secretarías y Consejos
de Educación de las distintas jurisdicciones.
Art. 2º La OLIMPÍADA MATEMÁTICA
ARGENTINA - O.M.A.-, tiene como objetivo fundamental estimular entre los
jóvenes la actividad matemática y desarrollar la capacidad para resolver
problemas y está sujeta a los siguientes principios generales:
1. Libertad de participación: esta actividad es completamente
voluntaria.
2. Intencionalidad educativa y cultural: la propuesta consiste en apoyar
la matemática en la educación, capacitar a los alumnos que manifiestan aptitudes
relevantes y promover el intercambio de experiencias entre profesores e
investigadores.
3. Igualdad de oportunidades: la intención es estimular el pensamiento
crítico y ofrecer idéntica posibilidad de participación y de desarrollo
personal en toda la comunidad escolar, independientemente de su condición
social y lugar de residencia.
4. Integración social: es un aporte para la formación de recursos
humanos como respuesta a la opción del mundo actual por el desarrollo
tecnológico.
5. Participación gradual: se instrumenta la participación en función de
edades, uso de métodos y conocimientos para evitar la temprana frustración de
los alumnos con dificultades que exceden su madurez.
6. Responsabilidad académica: la O.M.A. es la única responsable de la
actividad académica y sólo de ello. Por lo tanto se reserva el derecho de
interrumpir la participación de cualquier alumno que, a juicio de la comisión
organizadora del concurso, resulte necesaria para el logro de los objetivos y
su organización.
Art. 3º La OLIMPÍADA MATEMÁTICA
ARGENTINA - O.M.A.- es una competencia entre alumnos regulares de los
establecimientos secundarios de todo el país divididos en tres niveles según el
siguiente criterio:
· Primer Nivel: alumnos de 8 y 9 años de escolaridad
· Segundo Nivel: alumnos de 10 y 11 años de escolaridad
· Tercer Nivel: alumnos de 12 años de escolaridad
Art. 4º La OLIMPÍADA MATEMÁTICA
ARGENTINA - O.M.A.- está orientada y dirigida por el Consejo Superior integrado
por las siguientes personas:
· Dr. Néstor Aguilera.
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· Dr. Luis Caffarelli.
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· Dr. Juan Alfredo Tirao.
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· Dra. María Inés Platzeck.
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· Sec. Ejecutivo: Prof. Juan Carlos Dalmasso.
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Art. 5º El Consejo Superior intervendrá
en la:
a. Designación de los Jurados Regionales y Nacionales.
b. Supervisión de los problemas destinados a los concursos.
c. Supervisión de los criterios de evaluación de las pruebas.
d. Supervisión de la representación argentina para las competencias
internacionales.
e. Decisión sobre situaciones no previstas en el presente Reglamento.
Art. 6º El Secretario Ejecutivo del
Consejo Superior será el Director de la Olimpíada Matemática Argentina. Es el
responsable de la puesta en marcha al comenzar cada año. Son sus funciones:
a. La elaboración del presupuesto y conseguir los fondos necesarios para
su puesta en marcha.
b. Determinar el calendario de actividades y concursos afines a su
objetivo.
c. Determinar las jurisdicciones para cada cabecera olímpica en donde se
realizarán los Certámenes provinciales, regionales y nacionales.
d. Designar a los Jurados de los certámenes Intercolegial y Zonal.
e. Designar a los Secretarios Regionales Adjuntos y fijar las áreas
geográficas de influencia.
f. Designar a los Secretarios Regionales y las Cabeceras Regionales
correspondientes.
g. Designar a los Delegados Zonales y las Cabeceras Zonales
correspondientes.
h. Designar a los Coordinadores Intercolegiales y las Cabeceras
Intercolegiales correspondientes.
i. Invitar a un representante de cada organismo de conducción escolar
para coordinar las actividades de los establecimientos de su dependencia.
j. Decidir y supervisar todo el material a publicarse.
k. Publicar los resultados de los concursos.
l. Mantener activa las conexiones internacionales.
m. Nombrar las comisiones organizadoras necesarias para llevar adelante
sus funciones.
· Dra. Ana María Patricia
Fauring
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· Lic. Norma Cristina
Pietrocola
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· Dra. Flora Mercedes Gutiérrez
Giusti
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· Lic. Julia Seveso
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Art. 7º El Comité Olímpico está integrado
por las siguientes personas
Son sus funciones:
A. Redactar los problemas a proponer en cada certamen, (excepto el
escolar), los que deberán ser aprobados por el Consejo Superior. Ninguna
persona ajena al Comité Olímpico y al Consejo Superior conocerá los problemas
que se propondrán en cada certamen.
b. Determinar la duración de cada prueba que será como máximo de cuatro
horas y media.
c. Solicitar a los matemáticos profesionales y a las organizaciones
nacionales e internacionales de matemática, el envío de problemas para el banco
de problemas.
d. Producir ordenar y diagramar los problemas semanales y gestionar su
edición.
e. Coordinar la participación de la Olimpíada Matemática Argentina en
las competencias internacionales.
f. Tramitar ante las autoridades pertinentes los fondos para el traslado
de las delegaciones al exterior. Los viajes estarán condicionados a la
obtención de los mismos.
Art. 8º El Comité Olímpico y el Director
de la Olimpíada arbitrarán los medios para:
a. Analizar y evaluar las pruebas presentadas por los alumnos; sus
decisiones son inapelables.
b. Promover a la instancia siguiente a todo alumno que tenga como mínimo
dos problemas resueltos.
c. Recomendar a los jurados reunir a los alumnos participantes para
comunicar los resultados, destacar las soluciones completas, la claridad de
exposición, la simplicidad en el método, las ideas brillantes y cualquier otro
signo de habilidad matemática, sean o no los seleccionados para la ronda
siguiente.
Art. 9º Los Jurados Colegiales
seleccionarán para la instancia Intercolegial a los alumnos que hayan resuelto
como mínimo dos problemas sobre un total de tres propuestos.
Art.10º La OLIMPÍADA MATEMÁTICA
ARGENTINA abarcará un proceso de cinco instancias
1. Certamen Colegial
2. Certamen Intercolegial
3. Certamen Zonal
4. Certamen Regional
5. Certamen Nacional
Art.11º El Director de la Olimpíada destacará en los lugares pertinentes que la
Olimpíada Matemática Argentina y la Fundación Olimpíada Matemática Argentina no
tienen responsabilidad por el traslado de los menores que participan de los
concursos que organiza y son seleccionados, ni de los adultos que los acompañen
para tales fines.
Art.12º Los alumnos deberán presentar,
para su acreditación ante la comisión
organizadora de cada certamen, la autorización que exime de
responsabilidad civil, firmada por padres, tutor o encargado y refrendada por
la autoridad escolar. Ningún alumno quedará debidamente acreditado para
participar sin la presentación de dicha autorización.
Está terminantemente prohibido a alumnos, docentes y acompañantes,
ingerir estimulantes (alcohol u otros) durante el traslado y permanencia de los
mismos a los concursos de la Olimpíada Matemática en cualquiera de sus torneos
y de sus instancias.
Art.13º En el Certamen Escolar podrá
participar todo alumno que lo solicite mientras que, en los restantes, sólo
aquellos alumnos que hayan aprobado el certamen anterior.
Las pruebas escritas deben responder a las siguientes instrucciones:
· Es posible consultar libros o apuntes. No podrá usarse colecciones de
problemas resueltos.
· Sólo podrán usarse los propios elementos.
· Es posible que no se alcancen a resolver todos los problemas; lo
importante es hacer bien lo que se haga.
· La interpretación de los enunciados estará a cargo de los alumnos
participantes. No se responderán preguntas.
· Los razonamientos y cálculos que intervienen en la resolución de los
problemas deben ser consignados en la hoja de la prueba.
· Si resultare insuficiente el espacio previsto en la hoja impresa
deberán adjuntarse las hojas necesarias.
· En el Certamen Nacional, además de las pruebas escritas, habrá una
prueba oral para los tres alumnos finalistas de cada nivel. El Jurado Nacional
proclamará un Campeón por cada Nivel. La prueba oral consistirá en la
exposición de un problema anteriormente resuelto por el participantes y que el
Jurado Nacional seleccionará. El Consejo Superior podrá introducir una ligera
variante que el alumno finalista deberá resolver.
Art.14º Las pruebas de selección para
las competencias internacionales responderán a los reglamentos de las mismas y
a las restricciones que establezca el Consejo Superior.
Art.15º En las pruebas de selección para
las competencias internacionales hay, por lo general, un temario único, para
cualquier nivel. Se entiende que el proceso favorece a los alumnos del mayor
nivel. No se permitirá material de cálculo ni de consulta. La selección estará
a cargo del Comité Olímpico y su fallo es inapelable. El viaje estará
condicionado a la obtención de los fondos para los mismos.
Art.16º La fecha de la selección para las
competencias internacionales es impostergable; todo imprevisto de comunicación
o traslado que impida la presencia de cualquier participante lo excluirá
automáticamente de la prueba.
Art.17º Toda otra actividad que organiza
la Olimpíada Matemática Argentina debe ser compatible con el presente
reglamento.